lunes, 23 de septiembre de 2013

Cohén: “Función ejecutiva no corresponde a concejales, estamos llamados a legislar”

Algunos pretenden llegar a un  curul a base de mentiras



Ante las venideras elecciones municipales del 8 de Diciembre, donde el pueblo venezolano obtendrá una vez más la victoria por la democracia participativa y protagónica, esta vez escogiendo al gobierno local que lo representará durante un nuevo periodo de gestión. Viendo la importancia de estas elecciones creo es imprescindible; debido al desconocimiento de buena parte de la población, aclarar e informar las funciones y deberes de un legislador municipal.
Tales declaraciones fueron ofrecidas por el responsable de comunicaciones y Concejal del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Samuel Cohén, quien afirmó que la función principal de los concejales es velar por el cumplimiento de las leyes nacionales y municipales, a la vez que supervisan y aprueban la gestión del Alcalde, quien está al frente de la administración política de una ciudad, para defender los intereses de sus conciudadanos mediante la ejecución de las políticas locales que tengan por objetivo  mejorar su calidad de vida.


Poder público municipal


En este sentido, el líder político resaltó que el Poder Público Municipal se ejerce a través de cuatro funciones: la función ejecutiva, desarrollada por el Alcalde o Alcaldesa a quien corresponde el gobierno y la administración; la función deliberante que corresponde al Concejo Municipal, integrado por concejales y concejalas. La función de control fiscal corresponderá a la Contraloría Municipal, en los términos establecidos en la ley y su ordenanza. Y la función de planificación, que será ejercida en corresponsabilidad con el Consejo Local de Planificación Pública.
Al respecto, Cohén señaló que la estructura y funcionamiento del poder deliberante, el Concejo Municipal, se encuentra establecido en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, Título IV (De La Organización Del Poder Público Municipal) en su Capítulo III (Organización y Funciones del Concejo Municipal).



Facultades del Concejo Municipal

El responsable de comunicaciones del PSUV,  hizo referencia a la Ley Orgánica del Poder Público Municipal en su artículo 95, donde establece los deberes y atribuciones del Concejo Municipal como el órgano encargado de: supervisar la gestión del Alcalde, recibir anualmente el Informe de gestión del mismo, aprobar el presupuesto municipal, declarar faltas graves del Alcalde por omisión en sus deberes, autorizar concesiones de servicios públicos, aprobar planes de desarrollo municipal y urbanístico.
Asimismo el Concejal resaltó el trabajo de las comisiones internas, “son órganos técnicos de carácter asesor  y consultivo  del Concejo, y en consecuencia, tiene a su cargo estudiar la materia legislativa a ser discutidas en las sesiones; realizar investigaciones, ejercer control; estudiar, promover y elaborar proyectos de acuerdos, resoluciones, solicitudes y demás materiales en el ámbito de su competencia que por acuerdo de sus miembros sea considerados procedentes a fin de emitir informes y proyectos para la consideración de la plenaria”.



Lo que se debe saber

En este particular, el militante de la tolda roja señaló que “como garantes del proceso revolucionario dejado por el comandante eterno Hugo Chávez, es de vital importancia informar a  nuestro pueblo de las funciones que se ejercen a través del Ente Legislativo, consideramos visceral que algunos candidatos pretendan llegar a ocupar un  curul a base de mentiras y falsos ofrecimientos, que en casos realizan al pueblo porteño sin conocer cuál es realmente la tarea de un Concejal”.
“Nuestro trabajo no es ofrecer casas, escuelas, canchas, asfaltados y una serie de cosas que no son competencia nuestra, un Concejal debe discutir y sancionar los proyectos de ordenanzas, promover los mecanismos que legalmente le estén conferidos y que contribuyan a garantizar en forma eficiente, suficiente y oportuna la participación ciudadana en el proceso de formación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública municipal”. Indicó Cohén
Prosiguió diciendo que a los legisladores también les corresponde “autorizar créditos adicionales al presupuesto de ingresos y gastos del ejercicio económico financiero del municipio, organizar toda la normativa referente a la justicia de paz en el municipio, y todas las demás funciones que le confieran las leyes, ordenanzas y otros instrumentos jurídicos aplicables.



El rol de un Concejal

Cada ente edilicio de cualquier ciudad del país, posee una Ordenanza de Reglamento de Interior y Debates, en el caso del cuerpo legislativo porteño se contemplan específicamente en su artículo 23 y 24  los deberes  y derechos de los Concejales y Concejalas, quienes tienen la responsabilidad de velar  por el cumplimiento de la misión y funciones encomendadas a la rama legislativa local en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. La Ley Orgánica del Poder Publico Municipal, leyes nacionales, estadales y ordenanzas municipales.
De igual manera, están en la obligación de ejercer sus funciones con la mayor dedicación y en consecuencia estarán a la entera disposición de la institución edilicia. Igualmente sostendrá una vinculación permanente con sus electores, atendiendo sus opiniones, sugerencias, peticiones y manteniendolos informados  sobre su gestión.



Garantizar el Estado Comunal

El Concejal Samuel Cohén, subrayó que “esas son las verdaderas tareas de un legislador, nuestro compromiso es con el pueblo, gestionar para brindar desarrollo integral a las comunidades y garantizar el buen vivir de los ciudadanos, siempre pensando en el bienestar del colectivo, no como algunos desesperados  por el poder y la ambición andar por allí pregonando falsas teorías que dejan claro sus intereses económicos e individualistas, sin importarle el proceso de cambio y el impulso hacia el estado comunal”.
Para finalizar destacó que “existen pseudo dirigente que politiquean sin saber hacia dónde vamos, cuál es el camino que nos toca transitar de ahora en adelante, en Venezuela la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo y nos estamos preparando para crear los autogobiernos comunales, con un modelo económico de propiedad social y de desarrollo endógeno y sustentable que permita alcanzar la suprema felicidad a los venezolanas y venezolanos en una sociedad socialista y revolucionaria”.

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