lunes, 21 de octubre de 2013

Ley Habilitante es importante para combatir la guerra económica y la corrupción

Cohén: “Los Chavista defendemos la patria ante los intereses opositores”
  

Puerto Cabello, octubre 21 (Prensa Psuv Puerto Cabello).-  El presidente de la República Bolivariana de Venezuela, solicitó a la Asamblea Nacional (AN) la aprobación de una nueva Ley Habilitante, para poder batallar contra el flagelo de la corrupción,  la guerra económica  y social orquestada por la ultra derecha, “que pretende derrocar al gobierno revolucionario y apoderarse del país para entregárselo en bandeja de plata al imperio”.

Así lo aseveró el coordinador de Comunicación y Propaganda del Psuv en el municipio, Juan Samuel Cohén, quien enfatizó en que  el presidente Nicolás Maduro, firme en mantener el legado del Comandante Eterno Hugo Chávez en preservar libre la Patria de Bolívar, pidió se apruebe esta Ley con el fin de poder resguardar los bienes de la nación y garantizar el bienestar de los venezolanos.



Proceso Legislativo

El líder político municipal, explicó que para cumplir con el proceso legislativo, la AN designó a una comisión para revisar el proyecto de la Ley Habilitante presentado por el Poder Ejecutivo Nacional, con el objeto de corroborar si cumple con  los requisitos señalados en el artículo 145 del RIDAN.

“Esta comisión está integrada por los diputados Diosdado Cabello, Darío Vivas, Blanca Eekhout, Elvis Amoroso, Yul Jabour, Pedro Carreño, La segunda discusión del proyecto de ley se realizará artículo por artículo y versará sobre el informe que presente la comisión respectiva (artículo 149 RIDAN). Ricardo Sanguino, Fernando Soto Rojas, William Fariñas, Oswaldo Vera, Andrés Eloy Méndez, Manuel Briceño, José Luis González, Julio Chávez, Guido Rafel Ochoa, Gladys Requena, María León y Elio Serrano”, acotó.

Posteriormente – indicó Cohén – se procede de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela  a la primera discusión del instrumento legal presentado. “En esta fase  se discute en Agregó que en la segunda discusión se analiza en forma general el  articulado del proyecto de ley a fin de determinar su pertinencia y así aprobarla.

“Luego de ser sancionada la normativa por la Asamblea Nacional, la  misma es enviada al Ejecutivo para su promulgación y publicación, cumplido este acto  la ley entra en vigencia”, precisó.



El instrumento contempla

El coordinador de Comunicación y Propaganda del Psuv, dijo que es importante que los venezolanos conozca el contenido  del proyecto de Ley,  el cual, enfatizó debe ser aprobado para mantener la soberanía integral que el gobierno nacional logró fomentar con el propósito de promover la igualdad y justicia social.

El instrumento contempla lo siguiente: Artículo 1. Se autoriza al Presidente de la República para que, en Consejo de Ministros, dicte Decretos con Rango Valor y Fuerza de Ley, de acuerdo con las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan en la misma, de conformidad con el último aparte del artículo 203 y el numeral 8 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.


Fortalecer el sistema financiero

En este ámbito, apunto el líder pesuvista,  la Ley señala: a) Dictar y/o reformar normas e instrumentos destinados a fortalecer los valores esenciales del ejercicio de la función pública, tales como, solidaridad, honestidad, responsabilidad, vocación de trabajo, amor al prójimo, voluntad de superación, lucha por la emancipación y el proceso de liberación nacional, inspirado en la ética y la moral socialista, la disciplina consciente, la conciencia del deber social y la lucha contra la corrupción y el burocratismo; todo ello, en aras de garantizar y proteger los intereses del Estado en sus diferentes niveles de gobierno.
b) Dictar y/o reformar normas destinadas a profundizar y fortalecer los mecanismos de sanción penal, administrativa, civil y disciplinaria para evitar lesiones o el manejo inadecuado del patrimonio público y prevenir hechos de corrupción. c) Dictar normas contra la legitimación de capitales.
d) Establecer mecanismos estratégicos de lucha contra aquellas potencias extranjeras que pretendan destruir la Patria en lo económico, lo político y lo mediático. e) Combatir el financiamiento ilegal de los partidos políticos. f) Establecer normas que eviten y sancionen la fuga de divisas. g) Emitir disposiciones en defensa de la moneda nacional a fin de contravenir el ataque a la misma. h) Fortalecer el sistema financiero nacional.


En la defensa de nuestro patrimonio

Cohén sostuvo que en este particular,  la Habilitante permite:  a) Dictar y/o reformar leyes que consoliden los principios de justicia social, eficiencia, equidad, productividad, solidaridad, a fines de asegurar el desarrollo humano integral, una existencia digna y provechosa para el pueblo venezolano y lograr de este modo la mayor suma de felicidad y el buen vivir.
b) Dictar y/o reformar las normas que establezcan lineamientos y estrategias para la planificación, articulación, organización y coordinación de los procedimientos, especialmente en materia de producción, importación, distribución y comercialización de los alimentos, materia prima y artículos de primera necesidad, que deben seguir los órganos y entes del Estado involucrados, garantizando la seguridad y soberanía alimentaría.
c) Dictar y/o reformar las normas y/o medidas destinadas a planificar, racionalizar y regular la economía, como medio para propulsar la transformación del sistema económico y defender la estabilidad económica para evitar la vulnerabilidad de la economía; así como, velase por la estabilidad monetaria y de precios, y el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de nuestro pueblo y fortalecer la soberanía económica del país, para de ese modo, garantizar la seguridad jurídica, la solidez, el dinamismo, la sustentabilidad, la permanencia y la equidad del crecimiento económico, en aras de lograr una justa distribución de la riqueza para atender los requerimientos y necesidades más sentidas del pueblo venezolano.
d) Fortalecer la lucha contra el acaparamiento y la especulación que afecta la economía nacional. e) Regular lo concerniente a las solicitudes de divisas a objeto contrario para el fin solicitado. f) Garantizar el derecho del pueblo a tener bienes y servicios, seguros, de calidad y a precios justos.
La habilitación al Presidente, tendrá un lapso de duración de doce (12) meses, para su ejercicio, contados a partir de la publicación de esta Ley en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.


Beneficios de esta herramienta jurídica

Para finalizar, Juan Samuel Cohén, 
 subrayó que esta herramienta jurídica redunda en beneficios ya quedisminuye los tiempos de aprobación de las leyes ya que simplifica los trámites administrativos. Agiliza todas las medidas necesarias para dar respuesta a la emergencia. Podrá crear procedimientos administrativos extraordinarios, además se podrá dar respuesta oportuna y eficaz a los afectados, en materias prioritarias, como: vivienda, agricultura, alimentación, infraestructura, área económica, entre otras.

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